Leyes de sangre indígena
Blood Quantum Laws
❧1 Las leyes de sangre indígena o leyes de cuantía de sangre son normas jurídicas que en Estados Unidos (y, anteriormente, en las Trece Colonias norteamericanas) dictan qué personas tienen antecedentes familiares suficientes que justifican que se las considere indígenas, cosa que a veces está relacionada con el derecho a ser legalmente miembro de ciertas comunidades nativas. Estas normas fueron creadas por estadounidenses de ascendencia europea que desconocían la variedad de mecanismos por los que las personas indígenas se identificaban con sus comunidades, de tal manera que obviaron costumbres como la de la adopción de nuevos miembros, que solían ser indígenas de otras tribus, pudiendo llegar a la adopción de niños y jóvenes de origen europeo o africano. Las leyes de sangre ignoraban la continuidad cultural existente en la comunidad que incorporaba miembros adoptados de distintos orígenes étnicos y tenía descendencia mestiza. El registro censal de miembros de las tribus a menudo estaba incompleto o era inexacto por muchas razones: por ejemplo, muchos indígenas no se fiaban del gobierno y se negaron a inscribirse; en otros casos, había familias indígenas que habían sido trasladadas antes de que se confeccionaran los censos o incluso había gente que fue identificada incorrectamente por las personas blancas que estaban encargadas de censar.

Miembros de la Nación Muscogui (Oklahoma, en torno a 1877). Algunos de ellos exhiben rasgos que indican que parte de su ascendencia es europea y africana
Una persona tiene una fracción de sangre (abreviada BQ en inglés) que se define como la fracción de los antepasados —entre todos sus antepasados— que constan documentalmente como indígenas puros. Por ejemplo, tiene una fracción de sangre indígena de 1⁄2 aquella persona de la cual solo uno de sus dos progenitores es indígena puro.2 Desde la reconstitucíón de los autogobiernos indígenas, tener la fracción de sangre mínima estipulada puede ser uno de los requisitos necesarios (entre otros criterios) para optar legalmente a ser miembro de ciertas tribus. Por ejemplo, el pueblo omaha solo registra a miembros que tengan al menos una fracción de sangre indígena de 1⁄4 y desciendan de algún antepasado registrado.
En 1705 la colonia británica de Virginia adopta leyes que limitan los derechos cívicos de las personas indígenas o los de aquellas cuya fracción de sangre indígena estuviese por encima de 1⁄2.3 El gobierno de Estados Unidos no aplicó a gran escala el concepto de fracción o cuantía de sangre hasta que se aprobó de la Ley de Reorganización Indígena de 1934, momento a partir del cual solo reconoce como indígenas con derecho a recibir subsidios económicos y otras ayudas (estipuladas por los tratados o contratos de venta de tierras indígenas) a personas que cumplan el requisito de tener una fracción de sangre indígena superior a cierto valor mínimo estipulado.4
Sin embargo, las naciones indígenas norteamericanas han reconstituido sus propios gobiernos desde entonces, afirmando su soberanía mediante la adopción de sus propias normas para acceder a ser miembro de cada comunidad tribal. Estas normas pueden ser distintas para cada tribu. En algunos casos los interesados pueden cumplir los requisitos para pertenecer a una tribu pero no cumplir con los requisitos para ser reconocidos como «indígenas norteamericanos» por la administración federal y tener derecho a ciertos subsidios y ayudas, ya que tales derechos federales siguen dependiendo de tener una fracción de sangre mínima. A principios del siglo XXI, algunas tribus, como las de los cheroqui y los wampanoag, endurecieron sus normas de entrada y excluyeron a personas que anteriormente habrían sido consideradas miembros. Las personas así excluidas han luchado para que se modifiquen tales políticas. Aunque una persona pueda autoidentificarse como indígena norteamericano, los indígenas norteamericanos constituyen la única etnia de Estados Unidos que tiene que demostrar su ascendencia familiar para recibir ayuda específica del gobierno.
Orígenes de la legislación de sangre
Los estadounidenses de extracción europea aprobaron la Ley de Sangre Indígena para poder determinar a quién clasificar como indígena. En la Constitución de Estados Unidos se utiliza la palabra indio dos veces pero el texto no se detiene a definirla.5 La primera legislación de este tipo se aprobó en 1705 en la colonia británica de Virginia con el objeto de definir quién era indígena y de restringir los derechos civiles de los que tenían más de 1⁄2 de sangre nativa.3 En los siglos XIX y XX, el gobierno estadounidense creyó necesario que quedara claramente definido quién pertenecía a cada tribu para poder cumplir con los pagos de subsidios y anualidades que debía satisfacer en virtud de los tratados firmados con los nativos a cambio de la cesión de sus territorios.6
Muchos indígenas fuertemente defensores sus tradiciones, más conocidos como irreconciliables o indios de frazada,7 desconfiaban tanto del gobierno estadounidense que se negaron a inscribirse en los censos, haciendo así que sus descendientes quedasen también invisibles al registro. Muchas tribus indígenas de Estados Unidos no utilizaron las leyes de fracción de sangre hasta que el gobierno federal lanzó la Ley de Reorganización Indígena de 1934. Algunas tribus, como la Nación Navajo, no adoptaron el tipo de constitución escrita que se sugería en esa ley hasta los años 50 (del siglo XX).8 Dado que entre las distintas tribus hay matrimonios mixtos, particularmente entre aquellas que comparten lazos y que se establecieron en territorios vecinos, hay quienens critican que sea necesario decantarse por una sola tribu a la hora de definir la fracción de sangre de una persona, como requiere la administración federal. Opinan que ello reduce las opciones de una persona de pertenecer legítimamente a más de una tribu y que, a algunos, esa política les cuesta su credencial como indígenas norteamericanos si descienden de más de una tribu pero no alcanzan la fracción de sangre mínina de 1⁄4 en ninguna de ellas. En general, la cifra de miembros registrados de muchas tribus indígenas norteamericanas se ha visto reducida por la propia legislación de las tribus, que endurecen el requisito de fracción de sangre.
«Los recuentos decenales del censo de Estados Unidos indican que hay un crecimiento de la población indígena norteamericana casi continuo desde 1900 (a excepción de 1918, a causa de la epidemia de gripe española de ese año, que causó importantes bajas), hasta los 1.42 millones en 1980 y por encima de los 1.9 millones en 1990».6 Según el censo de 2000, constaban 2.5 millones de indígenas norteamericanos. A partir de 1960, los ciudadanos pueden elegir declarar sus orígenes familiares en el censo de Estados Unidos.6 El activismo indígena y un interés creciente por la história indígena del país parecen haber coadyuvado a que más personas se autoidentifiquen como descendientes de indígenas norteamericanos en el censo.
Durante décadas, cada tribu había establecido sus propios requisitos de entrada. En algunos casos se excluyó a miembros que habían formado parte de la tribu durante mucho tiempo. Los requisitos más comunes para ser admitido en una tribu consistían en demostrar documentalmente descender en línea directa de algún indígena norteamericano que se mencione en registros de raciones9 de la tribu o en la Relación Dawes para las Cinco Tribus Civilizadas de Oklahoma o en algún censo de finales del siglo XIX. En algunos casos, la tribu también puede establecer requisitos como tener cierto porcentaje de ascencencia indígena norteamericana, residencia demostrada en la comunidad o tener arraigo en ella. Al contrario de lo que dispone la Ley de Reorganización Indígena, muchas tribus sí admiten que sus miembros busquen acreditación de su ascendencia en más de una tribu. Por ejemplo, las Little Traverse Bay Bands of Odawa Indians [una tribu reconocida del pueblo odawa] admiten a personas que tengan 1⁄4 de ascendencia indígena norteamericana, más pruebas documentales de descender de algún antepasado inscrito en ciertos registros específicos [válidos para esa comunidad]. En parte, eso vendría a reconocer que el pueblo odawa historicamente tuvo territorios a ambos lados de lo que hoy constituye la frontera Estados Unidos-Canadá.
Toda tribu reconocida por la administración federal cuenta con sus propios criterios de admisión.6 Debido a que muchas comunidades indígenas cuentan ahora con nuevas fuentes de ingresos económicos (casinos de apuestas y otros negocios, o derechos sobre tierras reclamadas en el siglo XIX), algunas han endurecido los requisitos de acceso para limitar el número de sus miembros.
En 2007, la nacion de los cheroqui aprobó por votación mayoritaria excluir de membresía a los libertos cheroquis10 que no demostrasen tener antepasados documentados en la lista de [ciudadanos] cheroquis por sangre de la Relación Dawes. Sin embargo, el Tribunal Supremo Cheroqui determinó en 2005 que los libertos eran miembros legítimos de la tribu en esa época. Después de la Guerra de Secesión Norteamericana, Estados Unidos exigió a los cheroquis y a otras tribus que habían colaborado con la Confederación [que fue el bando derrotado] que firmasen nuevos tratados. También les exigieron que diesen la libertad a los esclavos que tenían en propiedad y que diesen plenos derechos como miembros de sus tribus a todos los libertos que quisiesen quedarse en los territorios tribales. Los libertos cheroquis a menudo habían formado matrimonios interraciales y algunos habían tenido hijos cheroquis en la época en que se realizaban los censos de la Relación Dawes, por lo cual se los podría haber inscrito como cheroquis de sangre, pero los encargados de los registros solían clasificarlos en la categoría de libertos, haciendo que las inscripciones fuesen inexactas. Muchos se negaron a ser registrados o documentados porque desconfiaban del gobierno estadounidense.5
De igual modo, el pueblo seminola en ocasiones ha tratado de excluir de la tribu a los seminolas negros. Los seminolas libertos fueron inscritos en la Relación Dawes en una lista separada y sufrieron segregación en Oklahoma. En tiempos más recientes, los seminolas se negaron a compartir con ellos los ingresos obtenidos del gobierno estadounidense en virtud de un acuerdo extrajudicial firmado con este en el siglo XX sobre tierras reclamadas por la tribu. El Centro de Derechos Constitucionales se hizo cargo del caso de los seminolas negros y criticó el papel de algunos funcionarios de la Oficina de Asuntos Indígenas [un organismo federal] por haber colaborado en dicha discriminación y haber respaldado la autonomía de las tribus en los tribunales. Por tratado, después de la Guerra de Secesión, los seminolas estaban obligados a liberar a sus esclavos y dar a los seminolas negros los mismos derechos que disfrutaban los miembros de la tribu que eran de ascendencia amerindia pura.11
Las tribus indígenas norteamericanas que viven en reservas tienden a tener requisitos de entrada más rigurosos en cuanto a fracción de sangre que las tribus que no están en reservas… [referencia a tabla] Más del 85% de las tribus que piden tener más de 1⁄4 de fracción de sangre como requisito de admisión están en reservas, en contraste con menos del 64% de tribus que no piden una fracción de sangre mínima. Al parecer, las tribus asociadas a reservas han sido capaces de mantener cierta exclusividad mediante requisitos de sangre más rigurosos, ya que la reserva en general ha servido para aislar a la tribu de los no indígenas y ha dificultado el mestizaje con gente de afuera.6
Asuntos relativos a las leyes de sangre
Muchos indígenas norteamericanos se han acostumbrado a la idea de la fracción de sangre.3 Las leyes de fracción de sangre indígena han causado problemas en familias nativas a cuyos miembros, que quedaron mal censados, se los registró de manera dispar como total o parcialmente descendientes de determinadas tribus.3812 Se han dado casos en los que familias enteras, o algunos miembros de estas, han quedado destituidos del derecho de pertenecer legalmente a sus tribus incluso en aquellas circunstancias en las que no tenían antepasados no indígenas.58
En ocasiones, los gobiernos de algunos estados de la Union clasificaban a personas que eran mestizas (por tener ascendencia mixta africana-amerindia) solamente como afrodescendientes, en gran medida por la discriminación racial asociada a la historia de la esclavitud y por la ley de la gota de sangre. Esto estuvo generalizado en el sur de Estados Unidos después de la Reconstrucción, donde las asambleas legislativas dominadas por personas blancas impusieron leyes segregacionistas que clasificaban a la población en solo dos categorías: o bien blanca o bien de color.13 Los indígenas norteamericanos, algunos de los cuales eran mestizos, pertenecían a la categoría de color. El sistema se remontaba al de castas raciales del periodo esclavista anterior a la Guerra de Secesión Norteamericana. Hasta 1870 no hubo en el censo de Estados Unidos una categoría específica para los indígenas.
Los lumbi, pueblo que parece haberse organizado a partir de toda una diversidad de gente libre de color en la frontera de Carolina del Norte en el siglo XIX, consiguieron que el Estado los reconociera como indígenas croatan 14 en 1885, después de la Reconstrucción.1516 Su estatus particular de personas libres les permitió fundar escuelas para sus hijos, diferentes de las escuelas que eran para los hijos de los libertos.15
La identidad es un asunto complejo. Los investigadores Paul Heinegg y Virginia DeMarce descubrieron que los antepasados del 80% de la gente libre de color en la frontera de Carolina del Norte (inclusive personas del censo que posteriormente se considerarían antepasados de los lumbi) en los censos de 1790 y 1810 descendía de parejas mixtas de mujeres blancas con hombres afrodescendientes, que resultaban ser personas libres gracias al estatus de sus madres. Mucha gente mestiza de regiones de frontera se identificaba como indígena, portuguesa o árabe para escapar de las restricciones impuestas por cuestión de raza.1718
En 1952 los indígenas croatan decidieron en votación adoptar el nombre de lumbi (ya que estaban asentados en las inmediaciones del rio Lumber, también llamado Lumbee [pronunciado aproximadamente lumbi]). En 1956 consiguieron que la administración federal los reconociera parcialmente como nación indígena étnica mediante una ley del Congreso de Estados Unidos y en ese momento aceptaron que el reconocimiento no les daba derecho a subsidios o beneficios. Desde entonces, han buscado que el Congreso apruebe leyes que supongan el reconocimiento pleno. Sus esfuerzos para lograrlo han visto la oposición de varias tribus indígenas con reconocimiento federal.1519
En otros casos, como los hijos mestizos solían criarse dentro de la cultura indígena de sus madres, la sociedad estadounidense los consideraba indígenas, a pesar de tener ascendencia europea (como los tramperos, comerciantes y soldados eran principalmente varones en los territorios de frontera, hubo un tiempo en el que las parejas mixtas entre europeos e indígenas estaban compuestas por hombres europeos con mujeres nativas).15
En 1924 el estado de Virginia aprobó la Ley de Integridad Racial, por la cual toda persona debía ser clasificada como blanca o como negra (otros estados adoptaron leyes similares). Para aplicar la ley se siguió la regla de la gota de sangre, por la cual cualquier persona a la que se le conociese la más mínima ascendencia africana pasaba a ser clasificada como negra. Por ello, en los censos de los años 30 y 40 del siglo XX, especialmente en la sociedad segregacionista del sur de Estados Unidos, mucha gente de ascendencia mestizada afro e indígena pasó a llevar la clasificación de «negra», inclusive cuando su identidad cultural era indígena norteamericana.16 Esto perjudicó a muchas personas de ascendencia afroindígena. Al existir pocas reservas en el sur de Estados Unidos, en estos casos de mestizaje, los solicitantes tenían que aportar pruebas de sus orígenes familiares para poder entrar a pertenecer a una tribu. Los avatares de los registros históricos borraron las huellas documentales de su origen, que justificaba su identidad como indígenas.16 Durante los primeros años de la esclavitud algunos afrodescendientes e indígenas norteamericanos formaron parejas mixtas porque ambas partes estaban sujetas a la misma experiencia compartida de la servidumbre. Otros se emparejaron en uniones mixtas antes de la institucionalización de la esclavitud, pues trabajaban juntos.20
Actualmente, la normativa concerniente a niños adoptados en familias indígenas estipula que estos no serán miembros reconocidos por la administración federal si no tienen un padre biológico que sea miembro de una tribu.3 Tales casos de niños adoptados probablemente son menos frecuentes de lo que eran en el pasado. Desde un punto de vista histórico, es un hecho especialmente atestiguado en la etapa colonial británica y en el siglo XIX en el oeste de Norteamérica que muchas tribus adoptaron a jóvenes que habían sido tomados cautivos en la guerra o en incursiones guerreras para reemplazar a indígenas que habían muerto. Ya fuesen europeos o miembros de otras tribus indígenas, los cautivos en general se acababan asimilando totalmente a la cultura tribal y eran considerados miembros genuinos de la tribu. Generalmente se quedaban en la tribu y se casaban con miembros de la misma, criando a sus hijos dentro de la tradición cultural de la etnia adoptante.
En algunos casos, las relaciones censales de tribus como la de los cheroqui estaban incompletas debido a los matrimonios mixtos, a la migración, a los tratados o porque los miembros de la tribu no vivían dentro de los límites territoriales del territorio tribal, cosas que imposibilitaban que se censara a la gente.21 Sin embargo, como se menciona más arriba, mucha gente se identifica como indígena en el censo nacional de Estados Unidos aunque no cumpla los requisitos de acceso a ninguna tribu.
Algunos critican que las leyes de fracción de sangre indígena contribuyeron a crear racismo entre los miembros de las tribus. El historiador Tony Seybert propone que era por eso que algunos miembros de las llamadas Cinco Tribus Civilizadas tenían esclavos. La mayoría de los dueños de esclavos eran indígenas con mestizaje europeo. Algunos consideraban ser de mayor categoría que los indígenas puros o los indígenas con mestizaje africano.2223 Otros historiadores afirman que los cheroquis y otras tribus poseían esclavos porque les beneficiaba económicamente y formaba parte de la cultura general del sudoeste de Estados Unidos. Los cheroquis y otras tribus también habían tomado cautivos tradicionalmente en la guerra para utilizarlos como esclavos, aunque su institución de la esclavitud era diferente de la que se gestó en las colonias del sur.
Limitaciones de las pruebas de ADN
Ninguna tribu reconocida oficialmente por la Administración federal admite a sus miembros solamente basándose en el resultado de pruebas de ADN, ya que en general estas pruebas no tienen capacidad para distinguir entre distintas tribus.2425 Hay tribus que pueden pedir la prueba de ADN solo como forma de documentar la descendencia de algún progenitor en particular. Muchos investigadores han publicado artículos que advierten que las pruebas de ADN tienen limitaciones y no deben tenerse como única fuente de información sobre la ascendencia de una persona.262728
Muchos afroestadounidenses podrían tener algo de ascendencia amerindia. Pero en el programa radial African American Lives (‘Vidas de afroestadounidenses’) de la cadena PBS, dirigido por el historiador Henry Louis Gates Jr., hubo genetistas que manifestaron que de acuerdo a las pruebas que aporta el ADN la mezcla entre ascendencia afro y amerindia podría ser algo no tan común.2930 Gates hace balance de los datos en los siguientes términos:
Solamente el 5% de los afroestadounidenses posee al menos (1⁄8) de ascendencia indígena norteamericana (que equivale a un bisabuelo). Por otra parte, casi el 78% de los afroestadounidenses poseen al menos (1⁄8) de ascendencia europea (que equivale a un bisabuelo) y casi el 20% tiene al menos (1⁄4) de ascendencia europea (que equivale a un abuelo).31
Algunos autores proponen un porcentaje mucho mayor de ancestros indígenas pues muchos afrodescendientes estaban al tanto de tener parientes amerindios, pero consideraban que reconocerlo sería como negar su ascendencia africana. Sin embargo, actualmente muchos reconocen por igual su ascendencia africana e indígena.32
Algunos critican que los programas de PBS de la serie African American Lives no explican suficientemente las limitaciones de las pruebas de ADN a la hora de evaluar orígenes ancestrales.28 En términos de personas que buscan su ascendencia étnica, deberían entender que las pruebas basadas en el cromosoma Y y en el ADN mitocondrial solamente observa los antepasados masculinos y femeninos en linea directa, cosa que puede hacer perder de vista la herencia de muchos otros antepasados.24 Nuevas pruebas de ADN pueden encuestar todo el ADN que se puede heredar de ambos progenitores, pero a cambio de perder precisión. Las pruebas que encuestan toda la cadena de ADN se centran en los «polimorfismos de un solo nucleótido» (o SNP, por su sigla en inglés), pero los SNP son susceptibles de hallarse en africanos, asiáticos y gente de cualquier lugar del mundo. Las pruebas del ADN íntegro no pueden determinar con precisión la totalidad de la ascendencia de una persona.33 Aunque las pruebas de ADN son limitadas a la hora de esclarecer orígenes ancestrales, investigaciones más recientes (2015) sobre tests genéticos) han descubierto que la composición de la ascencencia sigue distintas tendencias según sea la región y el sexo del antepasado. Estos estudios descubrieron que, de media, los afroestadounidenses tienen 73.2%-82.1% de origen genético de África Occidental, 16.7%-29% de origen genético europeos y 0.8%-2% de origen genético amerindio, con una gran variabilidad entre individuos.34
Cómo se aplica la legislación
Muchas tribus indígenas de Estados Unidos siguen empleando la fracción de sangre en sus actuales legislaciones tribales, para determinar quiénes tienen derecho a acceder a la ciudadanía de la tribu o nación indígena. A menudo el requisito es tener una fracción de sangre mínima y, muchas veces, algún antepasado que aparezca en alguna relación censal de finales del siglo XIX o principios del XX para dicha tribu. La Banda Oriental del los Indios Cheroqui de Carolina del Norte, por ejemplo, exige tener un antepasado que aparezca en el censo de Baker de 1924 y una fracción de sangre cheroqui de no menos de (1⁄16) heredada de los antepasados listados en esa relación. Por su parte, la Nación Cheroqui tiene como requisito de acceso el descender en línea directa de un antepasado listado en la Relación Dawes de 1906, pero no impone ningún requisito de fracción de sangre. La Banda Keetoowah de los Indios Cheroquis establece como requisito una fracción de sangre mínima de (1⁄4).
Los yuta piden una fracción de sangre de (5⁄8), el porcentaje más alto exigido por cualquier tribu indígena de Estados Unidos. Los mikasuki de Florida, los choctaw de Mississippi y los chippewa St. Croix de Wisconsin requieren una «fracción de sangre tribal» de (1⁄2), que también es un porcentaje alto.
En el otro extremo de la escala, algunas tribus como la de los kanza35 no exigen cumplir ningún requisito de fracción de sangre.
Muchas tribus, como los Alabama-Quassarte y los Wyandotte piden como requisito una cantidad no específica de ascendencia indígena (conocida como «ascendencia directa») documentada a partir de un miembro reconocido de la tribu. Otras piden cierta fracción de ascendencia indígena en general pero ninguna fracción específica de ascendencia de la propia tribu o tribus matrices de la entidad tribal en particular, como ocurre con la Banda de los Indios Ottawa y Chippewa, y los creek Poarch.36 Actualmente muchas tribus son confederaciones de distintos grupos étnicos agrupados bajo la misma entidad política, lo cual hace que determinar la fracción de sangre no sea nada fácil.
Otras tribus solamente piden una fracción mínima de sangre a aquellos posibles miembros nacidos fuera del territorio de su reserva. Esto es comparable a los principios legales del ius soli y ius sanguinis en los cuales se basan las leyes de nacionalidad y naturalización de los países modernos.
Tribus que piden 1⁄2 de sangre para ser miembros
(Equivale a un progenitor)
Chippewa Cree, Montana
Pueblo Tribal Kialegee
Mikasuki de Florida
Banda Mississippi de Indios Choctaw, Mississippi
Indios Chippewa St. Croix de Wisconsin
Pueblo de Isleta, Nuevo México
Tribu Apache White Mountain, Arizona
Tribu Shoshone Yomba, Nevada
Tribus que piden 1⁄4 de sangre para ser miembros
(Equivale a un abuelo)
Tribu de Indios Absentee-Shawnee, Oklahoma
Comunidad India Ak-Chin, Arizona
Tribu Pies Negros de la Reserva India de los Pies Negros de Montana
Tribus Cheyén y Arapajó, Oklahoma
Tribus y Bandas Confederadas de la Nación Yakama, Washington
Reserva de las Tribus Confederadas de los Chehalis, Washington
Nación Ho-Chunk de Wisconsin, Wisconsin
Tribu Hopi de Arizona
Tribu Tradicional Kickapoo de Texas
Tribu Kickapoo de Oklahoma, Oklahoma
Tribu Kiowa de Oklahoma, Oklahoma
Nación Yavapai de Fort McDowell, Arizona
Tribus Sioux y Assiniboine de Fort Peck, Montana
Banda Lac du Flambeau de los Chippewa del Lago Superior, Wisconsin
Tribu Mohawk, Nueva York y Ontario/Quebec, Canadá
Nación Navajo, Arizona, Utah y Nuevo México
Tribu Oneida de Indios, Wisconsin
Tribu Yaqui de Pascua, Arizona
Nación Penobscot, Maine
Banda Poarch de Indios Creek, Alabama
Banda de Pradera de la Nación Potawatomi, Kansas
Tribu Seminola de Florida, Florida
Tribu Shoshone de la Reserva Wind River, Wyoming
Tribu Sioux de Standing Rock, Dakota del Norte y del Sur
Banda Keetoowah Unida de los Indios Cheroquis, Oklahoma
Tribu Utu Utu Gwaitu de los Paiute, California
Tribu Yavapai-Prescott, Arizona
Pueblo Zuñi (Ashiwi), Nuevo México
Tribus que piden 1⁄8 de sangre para ser miembros
(Equivale a un bisabuelo)
Banda de Agua Caliente de los Indios Cahuilla, California
Tribu Apache de Oklahoma
Nación Comanche, Oklahoma
Nación Delaware, Oklahoma
Tribus Confederadas de la Reserva Siletz, Oregón
Tribu Apache Fort Sill de Oklahoma
Tribu Hooopa Valley de California
Tribu Karuk de California
Tribus Klamath, Oregón
Tribu India Muckleshoot de la Reserva Muckleshoot, Washington
Banda Noroccidental de la Nación Shoshone de Utah (Washakie)
Tribu de Indios Otoe-Missouria, Oklahoma
Nación Pawnee de Oklahoma
Nación Ponca, Oklahoma
Nación Sac & Fox, Oklahoma
Nación Sac & Fox de Misuri en Kansas y Nebraska
Tribu Squaxin Island de la Reserva Squaxin Island, Washington
Tribu India Suquamish de la Reserva Port Madison, Washington
Tres Tribus Afiliadas de la Reserva Fort Berthold
Tribu India Upper Skagit de Washington
Tribu Yurok de California
Tribus Wichita y Afiliadas (Wichita, Keechi, Waco y Tawakonie)
Tribus que piden 1⁄16 de sangre para ser miembros
(Equivale a un tatarabuelo)
Nación Caddo
Tribus Confederadas de la Comunidad Grand Ronde de Oregón
Tribus Confederadas de los Indios Siletz
Banda Oriental de los Indios Cheroqui, Carolina del Norte
Comunidad India Fort Independence de Indios Paiute de la Reserva Fort Independence, California
Tribu Apache Fort Sill
Tribu Iowa de Oklahoma
Tribus que piden ascendencia directa para ser miembros
Estas tribus no piden una fracción de sangre mínima, pero sus miembros deben demostrar documentalmente que descienden de miembros que aparecen inscritos originalmente en las relaciones censales de la tribu.
Tribu Alabama-Coushatta de Texas
Poblado Tribal Alabama-Quassarte
Banda Aroostook de los Micmac, Maine
Nación Cheroqui
Nación Chickasaw
Nación Choctaw
Nación Potawatomi Ciudadana
Tribu de Indios Delaware
Tribu Shawnee Oriental
Nación Kaw
Tribu Mashantucket Pequot de Connecticut
Tribu Mashpee Wampanoag de Massachusetts
Tribu Miami de Oklahoma
Tribu Mohegan de Connecticut
Tribu Modoc
Nación Creek Muscogui
Tribu India Narragansett de Rhode Island
Nación Osage
Tribu Ottawa de Oklahoma
Tribu Peoria de Indios
Tribu Quapaw de Oklahoma
Tribu Sault Ste. Marie de Indios Chipewa de Michigan
Nación Seminola
Tribu Seneca-Cayuga de Oklahoma
Tribu Shawnee
Nación India Shinnecock
Poblado Tribal Thlopthlocco
Tribu Tonkawa
Nación Wyandotte
Tribus que piden fracción de sangre más ascendencia directa
Estas tribus piden una fracción de sangre mínima específica y también descender en línea directa de una persona que aparezca inscrita en una relación censal tribal de referencia.
Tribus Confederadas de la Reserva India Umatilla: Desde 1993 su requisito de acceso mínimo es una fracción de sangre de 1⁄4 (de cualquier tribu indígena norteamericana reconocida por la Administración federal) y, además, ser descendiente biológico de algún miembro legal de la tribu.
Banda Grand Traverse de Indios Ottawa y Chipewa
Bandas Little Traverse Bay de Indios Odawa
Banda Little River de Indios Ottawa
Banda Poarch de Indios Creek
Véase también
Castizo: En la Hispanoamérica colonial, es una persona con ascendencia europea (normalmente española) de 3⁄4 y ascendencia indígena de 1⁄4
Ley Dawes
Registro Indígena (Canadá): Lista de canadienses indígenas que tienen derecho a recibir ciertos beneficios en virtud de tratados firmados
Política de admisión de las escuelas Kamehameha (Hawaii)
Identidad indígena en Estados Unidos
Política de las reservas indígenas norteamericanas
Autodeterminación indígena norteamericana
Ley de la gota de sangre
Desafiliación tribal
Soberanía tribal
Walter Plecker
- Traducido por A. Condori ver fuente. (↑)
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